Obligatoriedad del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) en las tasaciones hipotecarias 28/08/2025

El mercado inmobiliario en España experimenta cambios constantes. A partir del 12 de agosto de 2025, ha entrado en vigor una nueva normativa que impacta directamente en el proceso de solicitud de hipotecas: la obligatoriedad de contar con un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) vigente y registrado para poder realizar la tasación de una vivienda.
La Orden ECM/599/2025, de 10 de junio, ha modificado la anterior Orden ECO/805/2003, que regula las normas de valoración de bienes inmuebles. Esta nueva disposición introduce una novedad crucial en las tasaciones hipotecarias: ya no es suficiente con que el inmueble cumpla con las características habituales de habitabilidad, sino que ahora se exige, de manera explícita y vinculante, la presentación del CEE.
¿Cómo puede afectarte si eres vendedor o comprador?
- Si eres vendedor: Debes asegurarte de tener tu CEE al día. Si tu vivienda aún no lo tiene, o si el que tienes ha caducado (su validez es de 10 años, excepto para una calificación G, que es de 5 años), es fundamental que contrates a un técnico certificador para obtenerlo antes de iniciar cualquier trámite hipotecario. La falta de este documento podría retrasar, o incluso paralizar, la tasación y, por ende, la concesión de la hipoteca.
- Si eres comprador: Este nuevo requisito te protege al proporcionarte una información valiosa. La calificación energética de la vivienda te ayudará a estimar los costes futuros de luz y climatización, y podría influir en tu decisión de compra. Además, una buena calificación podría incluso influir positivamente en las condiciones de la hipoteca, ya que algunas entidades financieras ofrecen productos especiales para viviendas eficientes.